martes, 30 de octubre de 2018


Tesis de Supremacía Constitucional de Kelsen

 Jerarquia                                 ↙↘                               Unidad

Constituye un Sistema Jurídico


Supremacía constitucional en el estado federal.
¿Qué es un estado federal?

Forma jurídico- político del estado
Jurisdicción federal: Aplica para toda la nación
Jurisdicción estatal: Aplica solo a la sociedad

Características:  

Se aplican directamente a los individuos.
Participación en la reformidad constitucional.
Están sometidos a la constitución federal.
Sus competencias tienen la misma fuerza si se aplican al mismo tiempo.
Son de igual jerarquía.

Constitución general
Legislación federal de la cual derivan reglamentos locales y a su vez actos individuales.

Supremacía constitucional y el orden jurídico estatal.

La supremacía constitucional desde el punto de vista material hace referencia al hecho de que la Constitución es la base sobre la cual descansa el sistema jurídico de un Estado, legitimando la actividad de los órganos estatales y dotándolos de competencia. Una de las características de la normatividad de la Constitución es que constituye el parlamento de validez, de las demás normas del sistema jurídico, por lo que la supremacía constitucional implica la subordinación del orden jurídico a la Constitución.
Esta supremacía tiene dos aspectos:
  • Superioridad política
  • Suprelegalidad

La Consejería jurídica del Poder Ejecutivo, incorporo la Legislación y reglamentación estatal actualizada en una primera etapa al Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional a cargo de la Secretaría de Gobernación, con el propósito de promover la cultura de la legalidad y el acceso a la información en los Estados de la república para ser difundida al siguiente sitio.

FUNDAMENTOS


FUNDAMENTOS 


Con el paso del tiempo, las agrupaciones empezaron a crecer, los problemas, conflictos se fueron acentuando cada vez más no solo por las distintas maneras de pensar, sino, por los intereses no compartidos, es entonces que surge la necesidad de crear leyes las cuales son consideradas como el medio para dar inicio a una estructura social más organizada.

Aunado a lo anterior, y como bien destaca Benítez (2009) “La regla, norma o ley, fue el primer instrumento jurídico utilizado por quien detentaba el poder para resolver problemas y conflictos. En este sentido, la ley surge antes que la “Constitución” de las primeras ciudades-Estado del mundo oriental y occidental”.

Ahora bien, haciendo mención del punto de supremacía,  existe este principio en la constitución federal, la cual tienen su base en el artículo 133, en la cual se menciona que:

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.” 
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Es decir, que cualquier orden estatal para poder emitir una ley, ésta no deberá estar por encima de nuestra carta magna, ya que es la Ley Madre de todo nuestro ordenamiento jurídico mexicano.

Por su parte, Enrique (s/f) nos habla de que la Constitución al ser norma suprema, es “la cúspide de todo el ordenamiento jurídico y hace fluir el principio de legalidad de los poderes públicos, da seguridad jurídica de los actos de autoridad, da constitucionalidad en todas las actuaciones realizadas por los poderes constituidos.”

Es entonces que se puede decir que el máximo ordenamiento jurídico es la Constitución Federal, a nivel estatal toda la norma suprema sería la Constitución local, misma que al encontrarse en controversia con la Constitución Federal, sería esta última quien estaría por encima de todas, tal y como lo representa la pirámide de kelsel vista anteriormente. 
En el siguiente vídeo podrás ver un poco mas detalladamente, en que consiste este articulo: 
https://www.youtube.com/watch?v=MudlD3NH4XU

FUENTE DE INFORMACION 
Enríquez, P. (s/f). Régimen constitucional de las entidades federativas. México: Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Consultado el 12 de diciembre de 2014:http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2938/7.pdf


DERECHO CONSTITUCIONAL

Primacía y Supremacía de la Constitución Federal por encima de las Constituciones Estatales.

El conjunto de las normas jurídicas ordenadas según su 
jerarquía que compone, se le  llama: Orden jurídico

Las normas que componen este orden están diferenciadas, según su jerarquía, es decir que las mismas están ordenadas según su valor jerárquico; y este esta determinado por su fuerza y su valor. La fuerza de una norma consiste en la posibilidad que tenga para derogar o modificar lo establecido por otra norma. 

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Por ejemplo: La Constitución es la norma jurídica de mayor fuerza porque si cualquier norma la contradice, ella puede dejarla sin efecto.

La Supremacía Constitucional es un principio teórico del Derecho Constitucional que postula originalmente, ubicar a la Constitución de un país jerarquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico.


Constitución de un país jerarquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico.


TEORÍA DE LA PIRÁMIDE JURÍDICA DE KELSEL 




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